Riola, 2 de julio de 2015
Estimado cliente:
La presente es para comunicarle, que deberá aportarnos antes del día 8-7-2015, los listados o facturas de ventas, compras y gastos de los meses de abril, mayo y junio, para poder confeccionarle las declaraciones correspondientes al Segundo trimestre del I.V.A. e I.R.P.F. (Mod. 303, 311, 371, 349, 130,131).
Le recordamos que si tiene en su poder retenciones diferentes a las de las nóminas del personal (comisionistas, profesionales, etc.), así como las retenciones de 1% efectuadas a los empresarios de módulos, deberá traerlas antes del día 8-7-2015, para poder incluirlas en el mod. 111.
Si usted es arrendatario de un local de negocios, le informamos que la retención practicada al arrendador se liquidará mediante el mod. 115.
El plazo para la domiciliación del pago de los anteriores impuestos finaliza el día 15 de julio de 2015 y el plazo de ingreso el día 20 de julio de 2015.
Un saludo.
JOAQUÍN MIRALLES PIERA